Evaluado

Información para el evaluado:

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Fechas límites de la evaluación:
 Evaluación parcial, primeros 15  días del mes de agosto.
 Evaluación definitiva primeros 15 días de febrero.

Nota:
¿QUÉ SUCEDE CUANDO LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO LABORAL NO SE REALIZA EN LAS FECHAS ESTABLECIDAS POR LA NORMATIVIDAD LEGAL VIGENTE?
Conforme a lo establecido en el artículo 33 del Decreto Ley 760 de 2005 y, en concordancia con el artículo 7 del Acuerdo No. 565 de 2016, cuando no se produzca la calificación en los términos establecidos legalmente y el evaluado no la solicite dentro de los cinco (5) días siguientes, la evaluación parcial eventual, semestral o la calificación definitiva se entenderá  satisfactoria en el porcentaje mínimo. La no calificación dará lugar a investigación disciplinaria para el evaluador, la comisión evaluadora, o funcionarios responsables según sea el caso.

Contacto SEM:  dcastillo@semcartago.gov.co